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MAPA planifica una nueva normativa sobre controles oficiales en bienestar animal

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Desde el 23 de junio hasta el 13 de julio de 2022, ambos inclusive, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA),  ha iniciado el periodo de consulta pública del proyecto de real decreto que tiene por objetivo la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales de bienestar animal.

Detalla el Ministerio que esta nueva normativa aglutina varias modificaciones de la normativa actual y establece algunos aspectos novedosos para la mejora de los mecanismos de control oficial. 

Este proyecto forma parte del conjunto de iniciativas legislativas que, en el marco del Plan Estratégico Nacional para la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) y de los compromisos del Gobierno se completarán a lo largo de 2022 con la mejora del bienestar de los animales de producción.

Se establecerá una red de puntos de contacto para el intercambio de información entre las autoridades responsables y asegurar la coherencia y eficacia de los controles en virtud del nuevo real decreto. Así mismo, constituye la mesa nacional de coordinación sobre la protección de los animales para fines agrarios y para la acuicultura.

Francia e Italia, al igual que en otros países, se crea la figura del Centro de Referencia de Bienestar Animal para dar apoyo científico al Ministerio.

Es obligatorio en el caso del porcino intensivo y de las aves de corral que los titulares de las granjas tendrán que tener un plan de bienestar animal para su explotación. 

Antes de empezar su actividad, podrán adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, que deberán quedar reflejadas por escrito. Además se amplía la información de la cadena alimentaria para que el servicio veterinario oficial del matadero disponga de todos los datos necesarios sobre los animales y poder completar la declaración obligatoria en caso de sacrificio de urgencia.

Se exigen mejoras sobre el control de los gases ambientales (amoniaco, dióxido de carbono), el material manipulable, el número de comederos y bebederos, y se establece una disminución de la densidad ganadera.

Como también, con el fin de que el veterinario de la explotación pueda adoptar las medidas necesarias y asegurar el bienestar en las granjas, según los resultados de los controles oficiales, se fijan los requisitos necesarios para garantizar el intercambio de información entre el matadero y la producción primaria.

Se mejora asimismo la redacción de la normativa sobre terneros menores de seis meses y se modifican todos los reales decretos sobre protección de animales en las granjas (general, terneros, gallinas ponedoras, cerdos, pollos de carne), a fin de adecuarlos a la normativa comunitaria en cuanto a los plazos para el envío de los informes con los resultados de los controles, y otros aspectos técnicos administrativos.

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