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Emergencia Sanitaria en Perú: Presencia de Influenza Aviar en aves domésticas

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En Perú, por la presencia de Influenza Aviar de alta Patogenicidad en aves domésticas (aves de traspatio), el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, SENASA , organismo adscrito al MIDAGRI, declaró emergencia sanitaria por un plazo de 90 días calendario en el territorio peruano y cuyo periodo podría ampliarse de acuerdo a la evaluación epidemiológica.

Mediante la normativa oficial se ha dispuesto:

Dicha medida dispuso intensificar a nivel nacional las acciones de vigilancia y control de la influenza aviar, priorizando la zona de detección con el propósito de eliminar el foco y evitar la diseminación a otras áreas geográficas del país, para lo cual se adoptará una seria medidas sanitarias.

MEDIDAS ADOPTADAS

 

 

 

 

 

 

FORTALECER BIOSEGURIDAD

Se deberá coordinar con el personal del SENASA el sacrificio y la eliminación de todas las aves domésticas que se encuentran en el foco donde se ha detectado influenza aviar de alta patogenicidad y materiales de riesgo (productos, camas, plumas, estiércol, etc.), y su entierro a una profundidad de dos (2) metros como mínimo. Limpiar y desinfectar las instalaciones, equipos y utensilios, así como las herramientas utilizadas para el entierro.

Se indica que antes de realizar el repoblamiento de las granjas efectuar una centinelización con aves libres de influenza aviar altamente patógena, las cuales se deberán monitorear serológicamente a los quince (15), treinta y cuarenta y cinco (45) días calendario, todos los resultados deberán ser negativos a esta enfermedad.

Se deberá fortalecer las medidas de bioseguridad y vigilancia en predios o lugares donde se ubiquen sus aves domésticas, y reportar al SENASA, cualquier signo de enfermedad en aves o disminución de la producción avícola

El SENASA advierte que el incumplimiento de estas medidas sanitarias dará lugar al comiso y destrucción de las aves domésticas y sus productos, así como a la adopción de medidas administrativas preventivas inmediatas, en lo que corresponda.

Las Direcciones Ejecutivas del SENASA, en coordinación con la Dirección de Sanidad Animal, continuará el seguimiento epidemiológico de la influenza aviar de alta patogenicidad. Los propietarios u ocupantes de los predios con presencia de influenza aviar de alta patogenicidad, deberán cumplir las medidas sanitarias y/o administrativas establecidas por el SENASA.

Ante este contexto sanitario, el SENASA exhorta a los criadores de aves de traspatio, gallos de pelea y productores avícolas a fortalecer sus medidas de bioseguridad y trabajar articuladamente con el SENASA para atender cualquier sospecha de la enfermedad, notificando inmediatamente la muerte de aves domésticas.

CONSIDERACIONES PARA DECLARAR EMERGENCIA SANITARIA

Fuente: Con información del SENASA, Perú.

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