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Importación de maíz de Argentina y Brasil: Se flexibilizan las condiciones

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Importación de maíz

Tras la suspensión de las importaciones de Ucrania, el MAPA flexibiliza las condiciones para la importación de maíz de Argentina y Brasil 

La Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicada ayer 14 de marzo facilitará la llegada de materias primas destinadas a la alimentación animal tras la suspensión de las importaciones de Ucrania.

Según la Resolución publicada ayer se  flexibilizan temporalmente los requisitos específicos para la importación de maíz de Argentina y Brasil, lo que facilitará la entrada en España de materias primas destinadas a la alimentación animal que suplan la paralización de las importaciones de Ucrania por la situación de guerra en la que se encuentra este país tras la invasión rusa.

Ante la incertidumbre existente por el suministro de maíz provocado por esta situación, la Comisión Europea convocó a los Estados miembros a una reunión el pasado viernes 11 de marzo para analizar las medidas a adoptar con el objeto flexibilizar determinados requisitos fitosanitarios aplicables a las importaciones procedentes de terceros países, en el marco en la normativa comunitaria de aplicación y en base al análisis de riesgos realizado por cada estado miembro.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se reunió con la Asociación Española de Comercio Exterior de Cereales y Productos Análogos (AECEC) el pasado jueves día 10 y ha vuelto a hacerlo hoy, lunes 14 de marzo, para analizar las medidas de flexibilidad que afectan al maíz procedente de Argentina y Brasil. En las citadas reuniones se ha constatado que el maíz procedente de Estados Unidos no presentaba ningún problema a estos efectos, no siendo necesaria ninguna medida excepcional.

En base a la información suministrada por la AECEC y, tras realizar el correspondiente análisis de riesgos en relación a 10 productos fitosanitarios, se ha llegado a la conclusión de que 6 de ellos no presentan ningún problema a la luz de la legislación actual. Para los 4 restantes, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha acordado establecer un límite superior de acuerdo con el citado análisis de riegos, en aplicación del artículo 18 del Reglamento 396/2005, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal.

En base a todo ello, el MAPA ha publicado hoy la Resolución, que se aplicará temporalmente para el maíz originario de Brasil y Argentina y para determinados residuos de plaguicidas. Esta medida resuelve los problemas técnicos planteados por el sector importador y ofrece al mismo tiempo certidumbre y flexibilidad, sin poner en riesgo la seguridad alimentaria.

De esta forma, el sector importador puede comprar maíz para la alimentación animal en los principales países productores del mundo y, con ello, garantizar el enlace en el suministro del sector ganadero en España.

Fuente: MAPA

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