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Las nuevas medidas del gobierno reducen al 0% el IVA en huevos y alimentos básicos

Escrito por: INPROVO
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0% de IVA en huevos y alimentos básicos

El Real Decreto-ley 20/2022, conocido como el de “medidas anticrisis” aprobado por el Gobierno en su último Consejo de Ministros del año 2022, y publicado en el BOE del 28 de diciembre concreta algunas de las medidas que se anunciaron previamente para contener los precios de algunos de los productos y servicios que impactan en el Índice de Precios al Consumo (IPC) y afectan a la calidad de vida y a la capacidad adquisitiva de muchos ciudadanos, como por ejemplo la reducción del 0% de IVA en huevos y alimentos básicos.

Esto afecta a los alimentos básicos, en su mayoría afectados por el IVA superreducido del 4%, como los huevos, la leche o el pan, y los aceites y la pasta, que tienen el tipo del 10%.

De esta manera, los alimentos con un 4% de IVA pasarán al 0%, y pasta y aceite tendrán un 5% de IVA desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de junio de 2023. Otros, como carnes o pescados (con un IVA del 10%) se han quedado fuera de la medida aprobada por el Gobierno, lo que ha motivado la queja de las organizaciones de productores y de la distribución alimentaria.

El texto del artículo 72.2 del citado Real Decreto indica, entre otras cosas:

“Se aplicará el tipo del 0 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:

El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0 por ciento.

No obstante, el tipo impositivo aplicable será el 4 por ciento a partir del día 1 del mes de mayo de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 por ciento. En este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,5 por ciento.”

De esta forma, veremos un 0% de IVA en huevos, un hecho que va a permitir mejorar aun más la accesibilidad de este producto a toda la población española.

Se añade en el punto 72.3 que “La reducción del tipo impositivo beneficiará íntegramente al consumidor, sin que, por tanto, el importe de la reducción pueda dedicarse total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos, sin perjuicio de los compromisos adicionales que asuman y publiciten los sectores afectados, por responsabilidad social.

La efectividad de esta medida se verificará mediante un sistema de seguimiento de la evolución de los precios, independientemente de las actuaciones que corresponda realizar a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en el ámbito de sus competencias.”

Entre las propuestas que Unidas Podemos había puesto sobre la mesa antes del acuerdo sobre este texto estaban la limitación de los precios de algunos alimentos básicos o un impuesto del 33% sobre los beneficios extraordinarios de los grandes supermercados. Estas propuestas se rechazaron tanto por el Ministro de Agricultura como por el resto de los socialistas y las patronales del sector.

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