Bioseguridad en las granjas avícolas a la luz del Real Decreto 637/2021: Una apuesta One Health – Parte 4

Artículo 5. Condiciones sobre infraestructuras, equipamiento y manejo.

Figura 1.Bioseguridad en las granjas avícolas conforme el Real Decreto 637/2021
e. En el caso de las explotaciones en las que las aves tienen acceso continuo al aire libre deberán existir unas instalaciones que permitan su confinamiento total por motivos sanitarios.

Dichas instalaciones deberán incluir sistemas efectivos que protejan del contacto con animales silvestres.
En explotaciones ya existentes, en caso de no disponer de suficiente superficie para estas instalaciones, deberán tener un plan de contingencia para estos casos.

Carteles y señalización que delimiten zona sucia de zona limpia

Figura 2. Señalización de delimitación entre zona sucia y zona limpia

Calidad de agua

b. La acometida y suministro de agua a los animales se realizará de manera que se optimice el consumo de agua, evitando en la medida de lo posible las pérdidas.
Para ello, deberá disponer de un caudalímetro en el punto de entrada del agua a la explotación.
De no estar incorporada a una red municipal, la granja deberá:

Contar con el correspondiente título jurídico que habilite el uso del agua,
Tendrá la obligación de comunicar los datos de extracción y consumo de aguas al organismo de cuenca correspondiente,
Así como de facilitar el acceso de sus empleados al contador.

Artículo 6. Condiciones higiénicosanitarias y de bioseguridad de las explotaciones avícolas.

3. El suministro de agua de bebida será de calidad adecuada, debiendo de proceder de red de suministro municipal o de otras fuentes.

Figura 3. Suministro de agua en pollos de engorde
En este último caso se efectuarán controles de calidad, al menos con frecuencia semestral, y en caso de ser necesario, será sometida a tratamientos con el fin de garantizar la ausencia de patógenos de las aves o zoonóticos y el crecimiento de algas.

En caso de deficiencias de la calidad del agua o riesgo de contaminación, la frecuencia de los controles deberá incrementarse.

Igualmente se adoptarán medidas para que no se produzca contaminación a través del agua destinada a otros usos.

Pienso

4.Los piensos destinados a los animales estarán adecuadamente etiquetados y se almacenarán de tal forma que se evite su alteración o deterioro y su contaminación y se prevenga el acceso a ellos de animales domésticos o silvestres.

Figura 4. Evitar el acceso de an...

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