Icono del sitio aviNews, la revista global de avicultura

Fin de la obligación de vender los huevos al consumidor en 21 días tras la puesta

Escrito por: INPROVO
PDF

El 18 de noviembre se publicó el Reglamento delegado (UE) 2022/2258 de la Comisión de 9 de septiembre de 2022 que modifica y corrige el anexo III del Reglamento (CE) nº 853/2004 sobre requisitos específicos de higiene de los alimentos de origen animal. Esta nueva normativa suprime la obligación de vender los huevos al consumidor como máximo a los 21 días desde la fecha de puesta. 

Esta es una de las normas de comercialización de huevos establecida en el Reglamento de Higiene de los alimentos. Se fijaban hasta ahora dos fechas legales de referencia: 21 días desde la puesta como límite para vender los huevos al consumidor (cualquier tipo de huevos), y 28 como fecha de consumo preferente para los huevos de gallina (en el Reglamento de comercialización de huevos de gallina).

Para evitar el desperdicio de alimentos, y justificando el cambio a partir de los resultados de un estudio de EFSA, se establecen los 28 días de fecha límite de venta para todos los huevos (de cualquier especie) y los 28 de duración mínima de los huevos de gallina, en este mismo reglamento. Este dato desaparecerá en la modificación del reglamento de comercialización que está actualmente en revisión, ya que se considera un aspecto de higiene/seguridad alimentaria, y se incorpora al Reglamento de Higiene nº 853/2004.

En el considerando 10 del Reglamento se indica:

El requisito actual establecido en la sección X, capítulo I, del anexo III del Reglamento (CE) nº 853/2004 de que los huevos se suministren al consumidor en un plazo máximo de 21 días tras la puesta es una norma de comercialización con una influencia limitada en la seguridad de los huevos, al tiempo que contribuye al desperdicio de alimentos en el comercio al por menor. Un aumento de este plazo de 21 a 28 días reduciría significativamente ese desperdicio de alimentos, especialmente en el caso de los huevos producidos por gallinas de la especie Gallus gallus, ya que estos huevos se retirarían de la venta al mismo tiempo que expirara su fecha de duración mínima“.

La página 8 del Reglamento contiene el nuevo texto que sustituye al que establecía los 21 días tras la puesta como fecha límite de venta al consumidor:

“La sección X queda modificada como sigue: a) en el capítulo I, el punto 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. Los huevos deberán suministrarse al consumidor en un plazo máximo de 28 días a partir de la puesta.»;
b) en el capítulo I, se añade el punto 4 siguiente: «4. En el caso de los huevos producidos por gallinas de la especie Gallus gallus, la «fecha de duración mínima», tal como se define en el artículo 2, apartado 2, letra r), del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, se fijará en un máximo de 28 días a partir de la puesta. Cuando se indique el período de puesta, esta fecha se determinará a partir del primer día de dicho período”.

La entrada en vigor es 20 días después de la publicación, de modo que se aplica desde el próximo 8 de diciembre.

PDF
Salir de la versión móvil