Gobierno de Uruguay ha decido la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, IVA, de la carne aviar por un período de tres meses. Esta comenzó a regir a partir del sábado 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre de 2018.
Esta decisión de la exoneración del IVA a la carne aviar, ha sido adoptada por el gobierno de Uruguay debido a la situación coyuntural por la que atraviesa la industria avícola de este país. En el decreto dado a conocer por el gobierno se establece que es de carácter excepcional y transitorio.
En Uruguay la carne de aviar estaba gravada con el Impuesto al Valor Agregado mínimo de 10%, desde el mes de julio de 2015, debido a que el gobierno uruguayo cesó de restablecer la exoneración que se mantenía desde 2007.
La Dirección General Impositiva del gobierno de Uruguay ha comunicado el decreto en forma textual:
Conforme con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca de Uruguay, que visto el literal N) del numeral 1 del Artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 y el artículo 3° de la Ley N° 18. 132, de 25 de mayo de 2007, resultando:
- I.- Que las normas mencionadas facultan al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de la carne de ave.
- II.- Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°114/015 de 27 de abril de 2015, la exoneración del referido impuesto aplicable a dichas carne se encontró vigente hasta el 30 de junio de 2015, y no se volvió a prorrogar.
Considerando que el sector avícola está atravesando dificultades de carácter coyuntural resulta conveniente hacer uso de la referida facultad con carácter excepcional y transitorio.
Atento a lo expuesto anteriormente y a lo dispuesto en el artículo 168 de la Constitución de la República de Uruguay, el Presidente de la República de este país ha decretado:
- Artículo 1°- Exonerarse del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de ave: fresca, enfriada o congelada.
- Artículo 2°- La exoneración a que se refiere el artículo anterior regirá en el período comprendido entre el 15 de septiembre y el 15 de diciembre de 2018.
- Artículo 3°- comuníquese, publíquese y archívese.
Firmado por el Presidente de la República de Uruguay, Período 2015 2020, Dr. Tabaré Vázquez.
De acuerdo a medios uruguayos, estas medidas se habían tomado anteriormente, exonerando la carne aviar del IVA. Las cuales, fueron efectuadas en tres oportunidades: Una fecha muy parecida a la actual, del 11 de septiembre al 31 de diciembre de 2007; después por un período más largo del 1º de abril de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014; mientras la última vez se aplicó entre el lapso del 1º de abril y el 30 de junio de 2015. También, puede leer un análisis del comportamiento del sector avícola el año pasado.