04 Abr 2023

Reflexiones del editor a lo sucedido en el mes de marzo 2023

Jose Luis Valls nos relata las noticias más destacadas e importantes del sector avícola español de este último mes de marzo

Jose Luis Valls, Director técnico de aviNews, ofrece sus reflexiones del sector avícola español sobre lo ocurrido durante el mes de marzo de 2023, en el que se destacan noticias como, por ejemplo, la actualidad legislativa de la carne sintética, las novedades sobre la implementación de normativas para el bienestar de las animales en granjas de broilers y cómo el sector percibe esta transición hacia nuevos sistemas de producción.

¿CÓMO SE DENOMINA UN ALIMENTO QUE SE ELABORA CULTIVANDO CÉLULAS ANIMALES?

En un informe publicado por la FAO se decía que es importante saber qué se está sirviendo en un plato y para ello es importante el nombre que se le dé.

La cuestión de la nomenclatura es sólo uno de los problemas que se plantean a medida que se intensifica este último campo de investigación para obtener nuevas formas de proteínas. Otra de las preocupaciones señaladas es que se garantice la inocuidad del alimento.

Hay todo un abanico de nombres en juego, como “carne artificial”, “cultivada en laboratorio”, “falsa” o “limpia”. Algunos de ellos conllevan claramente juicios de valor. Otros, como ‘de cultivo’ o ‘cultivado’, podrían crear confusión con productos ya existentes, como el pescado o los mariscos de acuicultura.

Las dificultades radican en que varios de los términos deben utilizarse como calificativos de la palabra ‘carne’ para evitar que sean demasiado vagos. Esto puede plantear dudas sobre si el producto debe reglamentarse como carne, incluidos con todos los requisitos religiosos o de otro tipo que este tipo de alimento conlleva en algunos países.

Los dirigentes de la FAO apuntan a que el análisis sobre la cuestión terminológica sugiere que la mejor opción de redacción por ahora parece ser la de “alimentos derivados de cultivos celulares”.

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Mientras van avanzando los debates sobre inocuidad y terminología, ¿cuán lejos estamos de la disponibilidad generalizada de este tipo de productos en los supermercados de todo el mundo?. Puede ocurrir que la UE deba, en primer lugar, decidir cómo denominará esos alimentos antes de disponerse a reglamentarlos.

Hay que tener en cuenta que este tipo de alimentos ¿podrían constituir una fuente alternativa sostenible de proteína animal en caso de una epidemia de ganado o aves de corral a gran escala?

Desde la FAO consideran necesaria una evaluación de muchos aspectos de los alimentos derivados de cultivos celulares, ¿cómo su repercusión en el medio ambiente y el uso de energía y agua ? Pero lo más importante es garantizar la inocuidad de estos alimentos y cómo comunicarla.

Mientras los científicos trabajan para garantizar que los alimentos sean beneficiosos y no sean perjudiciales para los consumidores, de momento todo empieza por un nombre.

ITALIA APRUEBA UN PROYECTO LEGISLATIVO PARA PROHIBIR LOS ALIMENTOS SINTÉTICOS, INCLUIDA LA CARNE CULTIVADA

A finales del mes de marzo el gobierno italiano aprobó un proyecto legislativo para prohibir este tipo de alimentos, argumentando la falta de estudios científicos sobre los mismos y activando por tanto el principio de precaución sobre sus efectos.

Otro argumento vinculado – de tipo más político – se basó en las desigualdades que pueden ocasionar estos alimentos a nivel nutricional en una sociedad en la que habría más desigualdad por la alimentación entre ricos y pobres.

El ministro de Sanidad italiano en unas declaraciones posteriores dijo: «Italia dice no a los alimentos sintéticos y a la carne sintética», tras celebrar que el texto aprobado es «pionero» en el mundo ya que sanciona «la producción, comercialización e importación» de estos productos. El ministro comentó que la decisión se había tomado como una manera de «salvaguardar» el patrimonio y la cultura agroalimentaria del país, «basada en la dieta mediterránea».

Esto no ha hecho más que empezar.

INFORME DE LA EFSA SOBRE BIENESTAR DE LOS BROILERS EN GRANJA

Se ha publicado el informe de la EFSA tras los estudios de los miembros del panel de Sanidad Animal y Bienestar.

En general, se han identificado 19 consecuencias de bienestar altamente relevantes en función de la gravedad, la duración y la frecuencia de aparición: “lesiones óseas”, “estrés por frío”, “trastornos gastroentéricos”, “estrés de grupo”, “estrés de manipulación”, “estrés por calor”, “estrés de aislamiento”, “incapacidad para realizar un comportamiento de comodidad”, “incapacidad para realizar un comportamiento exploratorio o de alimentación” , “incapacidad para evitar el comportamiento sexual no deseado”, “trastornos del aparato locomotor”, “hambre prolongada”, “sed prolongada”, “estrés de depredación”, “restricción del movimiento”, “problemas de descanso”, “sobreestimulación y subestimulación sensorial”, “daño de tejidos blandos y tegumento” y “trastornos umbilicales”.

La recomendaciones para mejorar el bienestar incluyen:

Indudablemente el sector de producción de pollo de la UE tendrá que ponerse a argumentar la imposibilidad de cumplir algunas recomendaciones si se quiere mantener viable la producción de pollo para los ciudadanos europeos.

UPA PIDE A LA UE REFLEXIÓN SOBRE SUS PLANES SOBRE LA GANADERÍA Y ADVIERTE DE SUS EFECTOS DRAMÁTICOS SOBRE LOS CONSUMIDORES

Según la UPA, los planes de la Comisión Europea en temas de bienestar animal o las emisiones preocupan enormemente a los ganaderos. Los efectos negativos que pueden conllevar sobre la producción de alimentos, su precio y su disponibilidad, además de asestar un duro golpe a la soberanía alimentaria de la UE.

La EFSA prepara informes sobre múltiples temas que afectan a la ganadería, como el transporte de animales vivos, el manejo de las aves, el tipo de alimentación, la densidad de animales. Todos estos informes concluyen con unas recomendaciones negativas para la continuidad de la producción ganadera en la UE, como consecuencia del incremento enorme de costes que se producirían y que harían inasumibles su compra por una gran mayoría de los consumidores europeos.

La UPA también solicita que se reflexione sobre el proyecto de directiva de emisiones, que pretende equiparar las exigencias que se aplicarían a las granjas a las de las fábricas industriales. Recuerdan la aseveración de que en “ las granjas se cuidan animales” y “ no se fabrican alimentos”. Es necesario que la realidad del sector productor sea tenida en cuenta y respetada, pues nos estamos jugando la soberanía alimentaria de todos.

PUBLICADA EN EL BOE LAS MODIFICACIONES A LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL EN LAS GRANJAS

Con fecha 8 de marzo de 2023 se publicó en el BOE la normativa de mejora del bienestar animal en las granjas y las herramientas que faciliten su control.

Se prevé la creación de una mesa de coordinación sobre el bienestar y la protección de los animales y se crea un centro nacional de referencia. Para el que ha sido designado el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Catalunya (IRTA), por un periodo de dos años.

Se establecen nuevos valores sobre densidad máxima de animales en las granjas y nuevas normas de manejo sobre su alimentación, agua y condiciones ambientales.

El responsable de elaborar un plan de bienestar animal se confirma que será el veterinario de explotación.

Asimismo, se modifican todos los Reales Decretos sobre las condiciones generales de protección de animales en las granjas, a fin de adecuarlos a la normativa comunitaria en aspectos formales, como los relativos a los informes de los resultados de los controles y otros aspectos técnicos administrativos.

El real decreto entró en vigor el día 9 de marzo de 2023.

EL DELITO DE MALTRATO ANIMAL AFECTA A EMPRESAS, MATADEROS Y GRANJEROS

Se debe tener muy en cuenta que tras un delito de maltrato animal puede haber penas de inhabilitación para tener animales, lo que podría afectar a avicultores, transportistas o profesionales de mataderos que podrían no poder ejercer su trabajo. Además, no hay que olvidar que se amplían las penas hasta a dos años de prisión.

También se establece un subtipo agravado, para cuando concurran dos faltas se podrá aplicar la pena en su grado superior, lo que en la práctica supone penas superiores a los dos años y la posibilidad real de ingresar en prisión por lesionar o matar a un cerdo, una vaca, una gallina, un pollo, una paloma, un gato o, incluso, una golondrina.

Se amplía enormemente el delito de lesiones, incluso psíquicas, a todos aquellos supuestos que requieran tratamiento veterinario (un punto de sutura, por ejemplo). Hasta ahora, eran delito sólo las lesiones que “supusieran un menoscabo grave a la salud del animal”. Por primera vez se crea el delito leve de lesiones en aquellos casos que las heridas no requieran tratamiento veterinario.

Otro de los aspectos a tener en cuenta es que la reforma incluye por primera vez en la legislación la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos de maltrato animal. Se establece la posibilidad de que una empresa responda en ciertos casos con penas de multa o incluso, según la gravedad y características del caso, imponer a las personas jurídicas las penas de disolución de la persona jurídica, la suspensión de su actividad, clausura del local por plazo de hasta cinco años o inhabilitación para obtener subvenciones.

No se debe olvidar que los delitos de maltrato animal pueden cometerse por acción o por omisión. Por ejemplo, dejar sin alimento o agua a los animales de una granja, no administrarles los tratamientos veterinarios necesarios, no tener condiciones adecuadas en el transporte, etc.

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