El pasado 24 de agosto de 2017 fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, el Reglamento (UE) 2017/1495 de la Comisión, por el que se añade al Reglamento (CE) nº 2073/2005, un nuevo criterio de higiene de proceso, Campylobacter spp, en canales de pollos de engorde.
La importancia socioeconómica que genera el Campylobacter radica en la elevada incidencia de campilobacteriosis detectada en humanos. Los informes de la EFSA en el año 2015 aseguran que sólo en la EU se notifican unos 230.000 casos/año, aunque se sospecha que el número de casos reales puede llegar hasta los 9.000.000, principalmente en niños, en los que incluso puede llegar a causar la muerte, a pesar de no ser considerado un patógeno que causa infecciones extremadamente graves.
Estas cifras siguen aumentando cada año, y como podemos observar en la Figura 1, superan considerablemente las del resto de enfermedades zoonóticas
¿CÓMO PODEMOS REDUCIR LOS ÍNDICES DE PREVALENCIA DEL CAMPYLOBACTER?
Es sabido que las fuentes de contaminación son muy variadas, y aunque predominan los animales destinados al consumo humano (porcino, vacuno, ovino, aves de corral), se han detectado casos por marisco, agua y hielo contaminados. Sin embargo, estudios de la OMS indican que el consumo de carnes de aves de corral es una de la fuentes principales, y aunque advierte que generalmente por una mala manipulación de los alimentos, han comprobado que países dónde se han adoptado medidas para reducir la prevalencia de Campylobacter en aves de corral vivas, hay una disminución correlativa de casos de Campylobacter en humanos.
La EFSA en un estudio publicado en 2011, estima que incluso la reducción de los riesgos para la salud pública podría ser del 50% si las canales de pollos de engorde cumplieran un límite de 1000ufc/g y 500ufc/g en piel de cuello y pechuga. Aunque hay numerosas líneas de investigación abiertas, a día de hoy, la ausencia de vacunas, junto con las medidas adoptadas frente a la resistencia de antibióticos, dificultan el control a nivel de explotación, pero el nuevo reglamento, a pesar de estar dirigido a mataderos, no lo deja indiferente.
Cita textualmente como acciones a tomar en caso de resultados insatisfactorios: Mejoras en la higiene del sacrificio, revisión de los controles del proceso, del origen de los animales y de las medidas de bioseguridad en las explotaciones de origen. En definitiva, es responsabilidad de toda la cadena, adoptar las medidas oportunas para reducir la prevalencia...