Esta decisión de la exoneración del IVA a la carne aviar, ha sido adoptada por el gobierno de Uruguay debido a la situación coyuntural por la que atraviesa la industria avícola de este país. En el decreto dado a conocer por el gobierno se establece que es de carácter excepcional y transitorio.
Gobierno Uruguayo aplica exoneración del IVA a la carne aviar
Gobierno de Uruguay ha decido la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, IVA, de la carne aviar por un período de tres meses.
Gobierno de Uruguay ha decido la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, IVA, de la carne aviar por un período de tres meses. Esta comenzó a regir a partir del sábado 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre de 2018.
En Uruguay la carne de aviar estaba gravada con el Impuesto al Valor Agregado mínimo de 10%, desde el mes de julio de 2015, debido a que el gobierno uruguayo cesó de restablecer la exoneración que se mantenía desde 2007.
La Dirección General Impositiva del gobierno de Uruguay ha comunicado el decreto en forma textual:
Conforme con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca de Uruguay, que visto el literal N) del numeral 1 del Artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 y el artículo 3° de la Ley N° 18. 132, de 25 de mayo de 2007, resultando:
- I.- Que las normas mencionadas facultan al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de la carne de ave.
- II.- Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°114/015 de 27 de abril de 2015, la exoneración del referido impuesto aplicable a dichas carne se encontró vigente hasta el 30 de junio de 2015, y no se volvió a prorrogar.
Considerando que el sector avícola está atravesando dificultades de carácter coyuntural resulta conveniente hacer uso de la referida facultad con carácter excepcional y transitorio.
Atento a lo expuesto anteriormente y a lo dispuesto en el artículo 168 de la Constitución de la República de Uruguay, el Presidente de la República de este país ha decretado:
- Artículo 1°- Exonerarse del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de ave: fresca, enfriada o congelada.
- Artículo 2°- La exoneración a que se refiere el artículo anterior regirá en el período comprendido entre el 15 de septiembre y el 15 de diciembre de 2018.
- Artículo 3°- comuníquese, publíquese y archívese.
Firmado por el Presidente de la República de Uruguay, Período 2015 2020, Dr. Tabaré Vázquez.
De acuerdo a medios uruguayos, estas medidas se habían tomado anteriormente, exonerando la carne aviar del IVA. Las cuales, fueron efectuadas en tres oportunidades: Una fecha muy parecida a la actual, del 11 de septiembre al 31 de diciembre de 2007; después por un período más largo del 1º de abril de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014; mientras la última vez se aplicó entre el lapso del 1º de abril y el 30 de junio de 2015. También, puede leer un análisis del comportamiento del sector avícola el año pasado.