Manejo & Bienestar

Granja de pollos para carne: Programa de Luz, una visión actualizada

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  • Granja de pollos para carne: Programa de Luz, una visión actualizada

Con este artículo volvemos a incidir sobre un aspecto de la crianza intensiva en las granjas de pollos para carne al que se le da una importancia menor. No solo eso, sino que existen multitud de programas de luz que se aplican sin un respaldo científico, solo en base de la creencia del que lo desarrolla.

No obstante, sería presuntuoso por nuestra parte exponer un Programa de Iluminación único que dé cobertura a todas las facetas de la cría de pollos para carne, pero al menos intentaremos poner orden en este tema.

Aconsejamos además la utilización a modo de consulta de los artículos anteriores sobre iluminación publicados en aviNews en febrero, abril y junio de 2017.

Los programas de luz en ganadería tienen siempre la finalidad de maximizar la producción animal correspondiente, mejorando el desarrollo, rendimiento, sanidad e inmunidad del ganado, proporcionando las mejores condiciones de bienestar animal, todo ello respetando la legislación vigente sobre cada materia.

En la avicultura de carne, además de optimizar el rendimiento y el bienestar animal, constituye una importante herramienta para regular el crecimiento de los pollos.

granja de pollosPara desarrollar un buen programa de iluminación es importante actuar sobre varios factores, como son:
  • El fotoperiodo (tanto tipo de ciclo como duración y distribución del mismo)
  • La Intensidad de la luz (incluida las técnicas de atenuación)
  • La longitud de onda (luces monocromáticas, temperatura de color de IRC (índice de reproducción cromática).

MARCO LEGISLATIVO

Para ello es necesario aunar la evidencia científica en cada aspecto a modificar con el marco legislativo común europeo, donde hay:

Legislación en avicultura de carne

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Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, sobre normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne. ANEXO I. Requisitos mínimos aplicables a las explotaciones:

6.Iluminación.

6.1. Todos los alojamientos deberán disponer de iluminación con una intensidad mínima de 20 lux durante los períodos de luz natural, medida a la altura de los ojos de las aves, y que ilumine al menos el 80 por cien de la zona utilizable. En caso necesario, podrá autorizarse una reducción temporal del nivel de iluminación por recomendación veterinaria.

6.2.En el plazo de siete días a partir del momento en que se deposite a los pollos en su alojamiento y hasta tres días antes del momento de sacrificio previsto, la iluminación deberá seguir un ritmo de 24 horas e incluir períodos de oscuridad de duración mínima de 6 horas en total, con un período mínimo de oscuridad ininterrumpida de 4 horas, con exclusión de períodos de penumbra.

Norma legal sobre iluminación

granja de pollosNorma Europea EN 12464-1:2011 sobre iluminación en lugares de trabajo en interiores define (bajo la referencia 5.6) las actividades relacionadas con la agricultura. En ella da una iluminancia para “edificios para ganadería” de 50 lx y un IRC mínimo (índice de reproducción cromática) del 40%. Y para “salas de veterinaria” da una iluminancia de 200 lx y un IRC del 80%.

Norma Europea EN 60529 de protección IP. Contempla los siguientes valores:

Primer dígito, para elementos sólidos (0-6) (definimos a partir del 4):

4- Protegido contra partículas sólidas de 1 mm o mayores.

5.-Protegido contra el polvo

6.-El polvo no debe entrar bajo ninguna circunstancia.

Segundo dígito, para elementos líquidos (0-8) (definimos a partir del

5) Protegido contra entradas de agua a chorro desde cualquier dirección.

6)Protegido contra olas o golpes de mar.

7)Protegido contra inmersión completa en agua a 1 metro y durante 30’.

8)Protegido contra inmersión en agua de forma continuada

ILUMINACIÓN DE EDIFICIOS DE GANADERÍA

Hay dos aspectos concretos que están regulados por esta norma, que son la iluminancia interior de 50 lx y el IRC mínimo del 40% Esto quiere decir por un lado que, salvo norma específica (RD 692/2010) la iluminancia no debe superar los 50 lx. Y el RD anterior regula una iluminancia mínima de 20 lx.

Por otro lado, la regulación del IRC a un mínimo del 40% elimina posibles fuentes de luz con muy buen rendimiento lm/w, como las lámparas de alta y baja presión de sodio, con una cromaticidad más baja (recordemos que la lámpara de baja presión de sodio sólo emite luz monocromática de 589.0 y 589.6 nm, y que la lámpara de alta presión de sodio emite luz de entre 560 y 630 nm). Este tipo de lámparas son usadas en otras latitudes para iluminación de granjas.

El hipotálamo también envía señal a la glándula pineal, que en períodos de luz suspende la producción de melatonina (hormona cuya secreción regula el ritmo sueño/vigilia y por tanto el descanso corporal, el metabolismo, la termorregulación y la inmunidad) y en períodos de oscuridad la aumenta. Ya el RD 692/2010 regula que al menos desde los 7 días de vida hasta 3 días antes de la salida el ciclo de vida del pollo debe ser circadiano, es decir, de 24 horas.

FOTOPERÍODO

Ritmo circadiano

Los ritmos circadianos (textualmente alrededor de un día) regulan los cambios que se desarrollan en un ser vivo, que está regido entre otros por el período de luz (fotoperíodo) y de oscuridad (escotoperíodo).

El reloj biológico que controla la mayoría de los ritmos circadianos se encuentra en el hipotálamo, que entre otros regula la temperatura corporal y la presión arterial en fases de luz/oscuridad.

Duración del fotoperíodo

El fotoperíodo o período del día en que hay luz debe aprovechar las horas de luz natural y suplementar con luz artificial hasta alcanzar los 20 lx que marca la ley. En todo caso debe complementar con iluminación artificial las horas necesarias del período de oscuridad natural para completar el fotoperíodo previsto.

Debemos tener en cuenta que en España el fotoperíodo oscila entre las 9D:15N del invierno y las 15D:9N del verano (D: día; N: noche), por lo que el período de tiempo a suplementar con luz de forma artificial es mucho mayor en invierno que en verano. Concretamente el comienzo del verano (20 de junio) marca el día más largo, y el comienzo del invierno (21 de diciembre) marca el día más corto del año (son los solsticios) variando entre un día y el siguiente solo unos pocos segundos; sin embargo al llegar la primavera o el otoño (equinoccios) los cambios diarios se cuentan por minutos.

También depende de la latitud el que los cambios sean más acentuados (norte de España) o más suaves (sur de España) encontrándonos en el hemisferio norte.

granjas de pollosApoyados en numerosos estudios realizados se pueden realizar las afirmaciones siguientes:

Por lo tanto el fotoperíodo a aplicar, teniendo además en cuenta el RD 692/2010 quedaría así:

Distribución del fotoperíodo

Más bien debemos hablar de la distribución del Escotoperíodo o período de oscuridad. Según el RD 692/2010 los pollos deben tener un período mínimo de oscuridad de 6 horas diarias, distribuidas en un bloque continuo de 4 horas y 2 horas más, sin especificar cuando deben ser aportadas. Adicionalmente a la legislación y para la correcta distribución del escotoperíodo hay que tener en cuenta, basados en numerosos estudios, lo siguiente:

Los índices productivos y de bienestar animal son mejores en caso de dividir el período de oscuridad en 2 o más periodos (entre otros mejora el incremento de peso y el índice de conversión, reduce la incidencia de mortalidad total, también la producida por ascitis, mejora el rendimiento en canal e incrementa la movilidad de los pollos en más del 40%).

Teniendo en cuenta que el escotoperíodo natural en España oscila entre un mínimo de 9 horas en junio y un máximo de 15 horas en diciembre, la distribución del escotoperíodo, en la etapa de la vida de los pollos para carne que va desde el octavo día hasta 3 días antes de su salida a planta de procesamiento, podría ser: Antes de que llegue el crepúsculo natural encender la iluminación artificial (20 lux).

Una vez que se ha establecido la noche (definida como una iluminación de 0,4 lux o menor) y tras transcurrir al menos 30 minutos (incluido la fase crepuscular artificial) se puede dar el primer bloque de 4 horas que marca la ley, terminado el cual y con amanecida artificial, continua un período de iluminación (20 lux) que puede durar 1 hora (verano) o hasta 4 horas (invierno), seguido de un segundo bloque de oscuridad de 2 o 3 horas (según ciclos de 18D:6N o 17D:7N) precedido y seguido por el período crepuscular correspondiente.

El hecho de hacer oscilar el segundo período de oscuridad tras 1 hora en verano o hasta 3-4 horas en invierno es para adaptar la oscuridad en la nave a la oscuridad natural, teniendo en cuenta de no hacer variar el programa durante la duración de una misma camada o en caso de hacerlo variar de forma paulatina el programa (realmente el cambio de día/ noche natural varía 1 minuto al día, por lo que el cambio del fotoperíodo intermedio de debería adaptar a este parámetro).

Como lo que se pretende con el fotoperíodo es obtener el máximo rendimiento de los pollos, decir que la mayor actividad desarrollada por los mismos (comer y beber) ocurre al comienzo del fotoperíodo, durante los primeros 20 minutos y desde una hora antes de su finalización, por lo que el período mínimo entre varios escotoperíodos sería de 1 hora.

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