Por lo cual, se hace necesario modificar, de forma temporal, el derecho arancelario a la importación de maíz, para disminuir el costo de importación de uno de los principales insumos para la elaboración de alimento animal, con el objetivo de procurar el adecuado abastecimiento de este insumo a costos razonables y bajar los costos de los principales productos pecuarios de la canasta básica.






















