AMPLIACIÓN DE LA EMERGENCIA
Perú vacuna a aves domésticas y extiende emergencia sanitaria por Influenza Aviar
Perú se prepara para iniciar el proceso de vacunación de aves domésticas que permita contrarrestar los estragos de la Influenza Aviar, a fin de mitigar el riesgo de la seguridad alimentaria y proteger la avicultura nacional. Además, el SENASA dispuso la ampliación de la emergencia sanitaria por Influenza Aviar hasta el 31 de diciembre de 2023.
Available in other languages:Perú se prepara para iniciar el proceso de vacunación de aves domésticas que permita contrarrestar los estragos de la Influenza Aviar, a fin de mitigar el riesgo de la seguridad alimentaria y proteger la avicultura nacional.
Mediante un comunicado oficial, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, SENASA, entidad adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, anunció que luego de analizar la situación epidemiológica del país, se han iniciado las coordinaciones técnicas para la vacunación de aves domésticas contra la Influenza Aviar.
- Asimismo, el SENASA dispuso la ampliación de la emergencia sanitaria por Influenza Aviar hasta el 31 de diciembre de 2023.
Esta medida se oficializó mediante Resolución Jefatural 0028-2023-MIDAGRI-SENASA publicada en el diario oficial El Peruano.
La ampliación de la emergencia se da con el objetivo de continuar con las acciones sanitarias para la vigilancia y control oportuno de los casos de Influenza Aviar, que permitan evitar su diseminación a otras áreas geográficas del país, donde aún no se ha reportado casos.
IMPLEMENTACIÓN DE VACUNACIÓN
Esta norma también contempla la implementación de la vacunación como medida sanitaria de prevención y control de la Influenza Aviar, con la finalidad de mitigar el riesgo de la seguridad alimentaria y proteger la avicultura nacional.
OBJETIVO
La evaluación epidemiológica de la Influenza Aviar en el país, concluye que en el escenario actual se han dado las condiciones para implementar la vacunación contra esta enfermedad; a fin de tener una herramienta adicional para el resguardo de la producción avícola y el oportuno abastecimiento de carne de aves y huevos, principal fuente de proteína en el país.
El SENASA viene trabajando los lineamientos técnicos para la vacunación en coordinación con la Asociación Peruana de Avicultura, APA,, productores, criadores y profesionales de la academia; que serán oficializados a través de la publicación de una Resolución Jefatural.
- De esta manera, es importante precisar que, la vacunación es una estrategia sanitaria para inducir la respuesta inmune que evite o disminuya los efectos negativos de la enfermedad; en tal sentido, no evita la infección.
SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA
Actualmente, en Perú se han atendido 66 casos positivos a Influenza Aviar H5N1 en aves domésticas, identificados en los departamentos de Ancash (3), Cajamarca (29), Ica (3), La Libertad (9), Lambayeque (11) y Lima (11).
- Para el control de estos focos, se dispuso el sacrificio 189.108 aves, así como el entierro sanitario de los cadáveres y materiales de riesgo (productos avícolas, camas, plumas, estiércol, etc.).
- Es importante precisar que las medidas establecidas por el SENASA a través de la emergencia sanitaria se mantienen vigentes, tales como: la prohibición de movilización de aves domésticas sin certificado sanitario, la prohibición de realizar eventos gallísticos y la prohibición de venta de aves domésticas vivas entre otras.
PROHIBICIONES
- En el marco de este periodo de emergencia sanitaria por Influenza Aviar estará prohibido movilizar aves domésticas vivas sin certificado del SENASA y realizar eventos gallísticos, exposiciones, ferias u otras concentraciones de aves en los focos y zonas perifocales donde se haya detectado casos positivos a influenza aviar.
- También se ha considerado prohibir arrojar aves en la vía pública, canales de riego, drenaje o ríos y manipular sin equipos de protección personal, aves muertas o con signos o sospecha de influenza aviar.
- Es importante mencionar que, ante el incumplimiento de estas medidas sanitarias, se dará lugar al comiso y destrucción de las aves domésticas y sus productos; así como a la adopción de medidas administrativas preventivas inmediatas.
Fuente: SENASA, Perú.