Pérdida del Estatus de país libre de Influenza Aviar ante la OIE
Nuevas restricciones a productos españoles por Influenza Aviar
España pierde el Estatus de país libre de Influenza Aviar ante la OIE
La notificación de los recientes focos de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en Cataluña, acarreará repercusiones en materia de exportación de animales y productos de origen animal a terceros países.
Todos los certificados en cuya atestación sanitaria figure el requisito de "País libre de Influenza Aviar" han sido bloqueados en CEXGAN.
En el caso de destinos que admitan productos de zonas libres de Influenza Aviar o que se exporten con certificado genérico, se aplican los criterios que dicta el código de la OIE, que acepta la regionalización del estatus de un país, con la delimitación de una "zona afectada".
- Desde la zona libre: Sin restricciones
- Desde la zona infectada: Para los virus de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP) y de Baja Patogenicidad (IABP), se requiere un plazo de 3 meses, una vez finalizado el sacrificio y/o destrucción, para recuperar el estatus de país/zona libre de enfermedad. Actualmente se encuentra regionalizada la provincia de Girona, y las comarcas de Valles Oriental y Occidental de Barcelona.
Varios países terceros adoptarán medidas restrictivas a las importaciones procedentes de España
Estas nuevas medidas restrictivas a la importación de productos procedentes de España, se suman a las ya impuestas por algunos países, tras la notificación a la Comisión Europea y a la OIE de la detección de IAAP (H5N8) en aves silvestres en laguna de La Nava de Fuentes (Palencia), aunque no existan recomendaciones de la OIE en estos casos.
La respuesta de las autoridades sanitarias de los distintos países importadores ha afectado las exportaciones de animales vivos y sus productos, habiéndose establecido unas pautas de actuación para la emisión de los correspondientes certificados afectados, que pueden verse en la tabla 1.
Para los países a los que se exporta con certificado genérico, no habrá inconveniente en su emisión por parte de los Veterinarios oficiales del MAPAMA, a menos que las autoridades de los países terceros comuniquen restricciones a las exportaciones españolas y siempre que los productos /animales no procedan de las zonas afectadas por IAAP. En estos casos, será responsabilidad del operador asegurarse de que la mercancía será admitida en destino.
Para más información visite la página del MAPAMA sobre las restricciones a las importaciones.