La entidad peruana actúa de acuerdo con la información oficial de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE); Que, en virtud del marco normativo y teniendo en consideración lo señalado precedentemente, es necesario adoptar las recomendaciones contenidas en el Informe del Visto, ante la existencia de Influenza Aviar Altamente Patógena, en los departamentos de Dordogne, Gers, Landes, Pyrénées-Atlantiques, Hautes-Pyrénées, Haute Vienne, Lot y Haute-Garonne, Tarn, Lot-et-Garonne, Aveyron y Deux-Sèvres de Francia; por ser una enfermedad exótica para el Perú.
De conformidad con lo dispuesto en la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones, Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 1059, Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, Decreto Supremo Nº 051-2000-AG; y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Animal y de la Oficina de Asesoría Jurídica.
Perú prohíbe ingresar aves desde Francia por Influenza Aviar
Perú extiende el plazo de inhabilitación de importaciones francesas de aves y otros productos que puedan diseminar el virus de la Influenza Aviar.
Por posible diseminación de Influenza Aviar, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) mediante la Resolución Directoral Nº 0006-2017-MINAGRI-SENASA-DSA, publicada en el Diario Oficial del organismo, decidió prohibir el ingreso de aves vivas, huevos fértiles, huevos SPF, carne de aves y otros productos que puedan propagar o ejercer como medio de contagio de gripe aviar, desde los departamentos franceses de Dordogne, Gers, Landes, Pyrénées-Atlantiques, Hautes-Pyrénées, Haute Vienne, Lot y Haute-Garonne y Tarn.
Esta suspensión será por un período de 180 días calendario, el cual comprende desde 5 de febrero hasta el 4 de agosto de 2017; estando los fundamentos expuesto en la Resolución antes señalada. Es más, el plazo de las medidas sanitarias contempladas en los artículos antes mencionados de la Nº 0006-2017-MINAGRI-SENASA-DSA, podrán ser disminuidos o ampliados en función de la información que el SENASA reciba de la situación sanitaria de la Autoridad Oficial de Francia o de la OIE.
El plazo de prohibición de entrada de los citados productos avícolas procedentes de Francia se advierte desde el 5 de febrero hasta el 4 de agosto del 2017 y este plazo según las medidas sanitarias contempladas podrá ser disminuido o extendido de acuerdo a la información de la situación sanitaria que reciba el SENASA desde la Autoridad Oficial de Francia o de la Organización Mundial de Sanidad Animal.
La semana pasada, el ministro francés de Agricultura, Stéphane Le Foll, anunció que ha tenido que tomar medidas drásticas para erradicar el virus de la Influenza Aviar(IA) sacrificando 600.00 aves de granjas del departamento de Landes, el principal centro de producción de patos de este país. Es más, el ministro recordó que no hay vacuna contra la gripe aviar y que los protocolos han mejorado respecto a la anterior crisis de 2016.
Hay que explicar que se habla de extender el plazo hasta el 4 de agosto del 2017, debido a que el año pasado ya el SENASA había suspendido dos veces el ingreso de los productos avícolas franceses antes notificados (Resolución Directoral-004-2016-MINAGRI-SENASA-DSA del 8 de febrero de 2016 y Resolución Directoral-0021-2016-MINAGRI-SENASA-DSA del 05 de agosto de 2016) ambas por un período de 180, venciendo la última el 4 de febrero del 2017. Perú es declarado como país libre de la Influenza Aviar.