“El requisito actual establecido en la sección X, capítulo I, del anexo III del Reglamento (CE) nº 853/2004 de que los huevos se suministren al consumidor en un plazo máximo de 21 días tras la puesta es una norma de comercialización con una influencia limitada en la seguridad de los huevos, al tiempo que contribuye al desperdicio de alimentos en el comercio al por menor. Un aumento de este plazo de 21 a 28 días reduciría significativamente ese desperdicio de alimentos, especialmente en el caso de los huevos producidos por gallinas de la especie Gallus gallus, ya que estos huevos se retirarían de la venta al mismo tiempo que expirara su fecha de duración mínima“.















































