

Las entidades Enesa y Agroseguro han presentado a los responsables de organizaciones agrarias y sectoriales los principales cambios en las líneas de seguros ganaderas para 2021 y 2022.
En la avicultura de puesta (línea 407 de seguros agrarios) destacan los siguientes:
– Seguros de retirada y destrucción de bajas de la granja: Se eliminan las referencias relativas a los mismos en las condiciones de cada especie, ya que serán una garantía adicional, que se modifica anualmente.
– Producción ecológica: Se incorpora que las normas de producción pasan a ser las aprobadas en la nueva regulación comunitaria a partir del 1 de enero de 2022, fecha de entrada en vigor del Reglamento de producción ecológica para la ganadería.
– Instalaciones: Se recogen ya las condiciones contempladas en el Real Decreto de Ordenación de las explotaciones avícolas (pendiente de publicar) sobre características de las granjas. Hay que identificar cada nave con una letra en el exterior.
– Gallinas camperas: Se han revisado las características de las instalaciones, incluyendo un tipo de nave adicional (Nave tipo V) para las gallinas camperas, en las que se omite la condición de impedir el acceso de animales desde el exterior, que aparece en la encuesta de bioseguridad y condicionaba su acceso al seguro. Mantienen la misma tasa que las demás.
– Golpe de calor: se amplía el período de cobertura desde abril (antes mayo) a septiembre.
– Siniestros por pánico: Pueden declararse los daños acumulados, con un siniestro mínimo indemnizable del 10% de las aves (antes era el 15%), y una franquicia del 10% del valor de la indemnización (antes del 5%), manteniendo la misma tasa.
– Siniestros por positivos a salmonela: Se incorpora la franquicia del 50% de la indemnización en los casos de reincidencia (es decir, siniestros de salmonella en manadas que ocupen una nave en la que la manada inmediatamente anterior haya sido declarada oficialmente positiva a salmonella). Se compensan los costes por un máximo de 4 semanas por nave y año en el caso de ponedoras por destino de la producción a ovoproductos y 2 semanas por nave y año en el caso de ponedoras por los costes de destrucción. La producción indemnizable no podrá superar la media docena de huevos/ave/semana.
– Influenza aviar – Importante: La cláusula de salvaguardia que permite cerrar oficialmente el período de contratación de nuevos seguros cuando haya un caso declarado de influenza en España se ciñe a los casos declarados en aves domésticas. Es decir, ahora mismo está abierta la contratación del seguro, aunque ya se han declarado casos de influenza aviar en aves silvestres en nuestro país.


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